Ácido para Baterías
7,50 €
*** ATENCIÓN, ESTE PRODUCTO TIENE VENTA REGULADA, ANTES DE ADQUIRIRLO, LEA ATENTAMENTE EN LA DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO SUS CONDICIONES DE VENTA.
Puede ampliar la información haciendo click AQUÍ
El Ácido para Baterías esta compuesto por Ácido Sulfúrico al 40%, es el ácido utilizado habitualmente para la recuperación de Baterías, además se usa también como desincrustante.
El Ácido para Baterías esta compuesto por Ácido Sulfúrico al 40%, es el ácido utilizado habitualmente para la recuperación de Baterías, además se usa también como desincrustante.
El coste de devolución por la compra de cualquier producto considerado un precursor de explosivos sin cumplir los requisitos que especifica la ley y que se mencionan claramente en la descripción del producto será de 5 € para cualquier compra y será descontado del importe pagado en concepto de gestión y gastos bancarios.
- Reglamento (UE) 2019/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019, sobre la comercialización y la utilización de precursores de explosivos.
- Ley 8/2017, de 8 de noviembre, sobre precursores de explosivos.
ESTE PRODUCTO TIENE REGULADA SU VENTA
El ácido sulfúrico es un producto susceptible de ser utilizado como precursor de explosivos, por eso, su venta está regulada dentro de la nueva Ley 8/2017 de 8 de Noviembre sobre precursores de explosivos por la cual su venta se regula como te indicamos más abajo en los tres supuestos.
Os informamos que este proceso de compra/venta es obligatorio para cualquier empresa, autónomo o persona particular que venda o compre este tipo de productos. Si en otros sitios web no le solicitan la información, les advertimos que tanto la empresa que vende como la persona o empresa que compre está incumpliendo la ley y acarrea fuertes sanciones económicas.
Puede ampliar la información haciendo click AQUÍ
El CITCO (Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen organizado) es el Punto de Contacto Nacional en materia de precursores de explosivos, dependiente del Ministerio del Interior. Es el órgano administrativo encargado de expedir las licencias así como uno de los responsables de velar por el cumplimiento de dicha Ley. Puede ampliar la información en el siguiente link http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudad...
- Si eres un PARTICULAR necesitarás tener la licencia de uso en vigor y enviarnos el original a nuestras oficinas junto a una copia de tu DNI, una vez rellenada se te adjuntará con el pedido. En el caso de que todavía no la tengas, puedes solicitarla cumplimentado el modelo adjunto y enviándolo después a [email protected] . “SOLICITAR LICENCIA”
- La venta si está autorizada a AUTONOMOS siempre y cuando la actividad que desarrolle sea susceptible de usar esta tipología de productos en el desarrollo de su trabajo o proceso. Estamos obligados a llevar un registro específico de las operaciones que realicemos contigo, en este caso necesitaremos que nos envíes el último recibo de autónomos y el modelo 036 o 037 de la Agencia Tributaria donde especifica tu actividad y tu DNI a [email protected] y nos especifiques el uso al que vas a destinar el producto.
- Si eres una EMPRESA, la venta está autorizada siempre y cuando la actividad que desarrolle sea susceptible de usar esta tipología de productos en el desarrollo de su trabajo o proceso. Estamos obligados a llevar un registro específico de las operaciones que realicemos con dichas empresas. Para ello necesitamos que nos envíes el CIF de la empresa y el modelo 036 de la Agencia Tributaria y el DNI de la persona que realiza la gestión de compra a [email protected].